Votantes Inscriptos hasta el 07/29/2010 Demócrata: 546,066 Republicano: 245,052 Otro: 243,690 Total: 1,034,808
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Instrucciones sobre las Boletas para Electores Ausentes

¿Quiénes Pueden Votar con una Boleta para Electores Ausentes? 
Todos los votantes habilitados inscriptos del Condado de Broward tienen derecho a emitir su voto mediante una boleta para electores ausentes.  

Solicitar una Boleta para Electores Ausentes
Una única solicitud se considerará suficiente para recibir una boleta para elector ausente para todas las elecciones celebradas en el transcurso de las dos (2) Elecciones Generales siguientes programadas regularmente, a excepción de que el elector o una persona designada por éste indique, al momento de la solicitud, las elecciones para las cuales el elector desea recibir una boleta para elector ausente.
La solicitud puede llevarse a cabo en persona, por correo, por vía telefónica o completando un formulario de solicitud ahora. Sólo el votante o un miembro directo de su familia designado por el mismo o su tutor legal pueden solicitar esta boleta para el votante. Por miembro directo de su familia se entiende el cónyuge, padre, hijo, abuelo o hermano del votante o del cónyuge del votante.  Los pedidos tienen que ser recibidos el sexto dia antes de la eleccion.  El pedido de un votante debe incluir la siguiente información:  

·    El nombre del votante para el cual se solicita la boleta

·    El domicilio del votante

·    La fecha de nacimiento del votante

·    La firma del votante (sólo en las solicitudes por escrito)

Si el votante ha designado a un miembro directo de su familia o a su tutor legal para solicitar una boleta en ausencia en su nombre, dicha persona deberá proporcionar la información arriba indicada además de la que se detalla a continuación:

·    El nombre del solicitante  

·    El domicilio del solicitante

·    El número de licencia de conducir, si cuenta con uno

·    La relación del solicitante con el votante

·    La firma del solicitante (sólo en las solicitudes por escrito) 

Obtener una Boleta para Electores Ausentes 
Las boletas para electores ausentes se envían por correo en un plazo aproximado de 2 a 3 semanas antes de cada elección a aquellos votantes que las hayan solicitado. Las mismas no pueden ser reenviadas. Asegúrese de que la oficina de Elecciones cuenta con su dirección postal correcta. 

Un elector ausente habilitado puede designar por escrito a una tercera persona para que retire una boleta en su nombre. Las boletas para llevar se encuentran a disposición de la persona designada por el votante el Día de Elecciones o hasta cinco (5) días antes de la fecha del Día de Elecciones. Las boletas se pueden retirar en el Centro de Equipamientos de Votación en Lauderhill. Dicha persona sólo podrá retirar dos (2) boletas para electores ausentes por elección además de las suyas propias, a excepción de aquellas boletas que retire en nombre de miembros directos de su familia. La persona designada deberá presentar una identificación con foto, la autorización escrita por parte del votante y completar una declaración jurada.

Votar Personalmente
Un votante en ausencia habilitado puede votar personalmente en cualquier centro de votación anticipada durante las 2 semanas que preceden a una elección. El votante deberá presentar una identificación con foto y firma, como ser una licencia de conducir de Florida o una tarjeta de identificación. De no hacerlo, el votante deberá emitir su voto mediante una boleta provisional. 

Emitir un Voto por Boleta para Electores Ausentes
El votante debe emitir personalmente su voto en la boleta (a menos que necesite asistencia debido a problemas de ceguera, discapacidad o incapacidad de leer o escribir). El votante debe firmar el sobre de retorno. 

Retornar una Boleta para Electores Ausentes 
Si un votante no puede enviar por correo o retornar personalmente su boleta en ausencia, una tercera persona puede hacerlo en su nombre.  

Los votos emitidos a través de boletas para Electores Ausentes deben ser recibidos en la oficina del Supervisor de Elecciones antes de las 7p.m. del Día de Elecciones. LOS CENTROS DE VOTACIÓN NO RECIBIRÁN VOTOS EMITIDOS A TRAVÉS DE BOLETAS PARA ELECTORES AUSENTES. 

Si usted solicitó una boleta para electores ausentes y posteriormente decidió ACUDIR A LAS URNAS, lleve dicha boleta para que la misma sea cancelada en el centro de votación.